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Sábado, 30 marzo 2024

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¿Qué hacer si me roban un décimo de la Lotería de Navidad?

Un décimo de la Lotería de Navidad es un boleto al portador, que en caso de robo, el ladrón puede cobrarlo. Debemos tener precauciones en caso de robo, como denunciar el robo a la Policía y comunicarlo a Loterías y Apuestas del Estado

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Billetes de Lotería de Navidad | Archivo
Billetes de Lotería de Navidad | Archivo

Lo primero que debemos de hacer, antes de nada, es comprobar a la hora de comprar el décimo, la autenticidad del décimo, verificando que tenga el logo, el código de barras, el código numérico y el resto de elementos de seguridad correspondientes.

Una forma de asegurarnos de que vamos a cobrar el posible premio, es firmar el boleto o décimo en la parte posterior, sin deteriorarlo, para dejar constancia en el boleto de quién es poseedor del mismo.

Un décimo de la Lotería de Navidad puede ser un suculento tesoro para aquellos que buscan enriquecerse a costa de los demás.

Hay que tener en cuenta que el propietario legítimo de un boleto que resulte premiado en el Sorteo de Navidad, no lo tiene todo perdido en caso de que le hayan robado el décimo, puesto que en caso de que el boleto tenga un premio mayor de 2.500 euros, el comprador del décimo tiene opciones de recuperarlo y cobrar el premio obtenido.

1.- Poner una denuncia en la Policía Nacional, Guardia Civil o juzgado

En caso de que nos roben un décimo o billete de Lotería de Navidad y nos damos cuenta del robo antes de que se celebre el sorteo, lo primero que podemos hacer poner una denuncia ante la Policía Nacional, Guardia Civil o ante el Juzgado de Guardia del lugar donde se haya producido el robo.

En la denuncia debemos relatar con detalle todas las circunstancias del robo, y debemos aportar en la denuncia todas las pruebas que tengamos en nuestro poder para poder identificar claramente el décimo y sobre todo el número, serie, fracción y sorteo. Para ello podemos presentar fotocopias, fotos del décimo, resguardos de compra y cualquier otro documento o medio de prueba que nos pueda servir de ayuda para identificarlo.

2.- Notificarlo a la Asesoría Jurídica de Loterías y Apuestas del Estado:

El segundo paso que debemos de hacer es notificar por escrito del robo a la Asesoría Jurídica de Loterías y Apuestas del Estado. En este momento, cualquier administración de loterías nos

"Con la denuncia podríamos conseguir paralizar el pago hasta que el juez resuelva quien es el verdadero propietario, y por lo tanto quien debe recibir el premio.

3.- Comprobar con que cuantía está premiado el décimo:

Si el valor de premio que le ha correspondido a nuestro décimo es inferior a 2.500 euros tendremos más problemas para cobrarlo. En este caso, el décimo premiado es un boleto al portador que cualquiera puede cobrar en una ventanilla de cualquier administración de loterías.

De todas formas, si el ladrón se dirige a cualquier administración de loterías a cobrar el premio, el lotero podrá comprobar que es un décimo robado al pasarlo por el terminal y podrá retener el pago del premio si actúa con diligencia.

En caso contrario, tampoco está todo perdido, porque hoy en día las administraciones de loterías están equipadas con cámaras de vigilancia de grado 4, que les permite tener imágenes del ladrón. En este caso la coordinación de Loterías y Apuestas del Estado y de la Policía Nacional, junto con las cámaras de grabación de la administración permiten identificar al ladrón.

Si el premio es mayor de 2.500 euros, el comprador del décimo del sorteo de la Lotería de Navidad, tiene legalmente muchas opciones de recuperar su décimo y cobrar su premio, ya que para cobrarlo el procedimiento pasa irremediablemente por el control y supervisión de Loterías y Apuestas del Estado. Además los premios mayores de 2.500 euros deben cobrarse obligatoriamente a través de cualquier entidad bancaria según la nueva ley contra el blanqueo de capitales.

Según la esta ley hay que presentar el NIF para recibir el premio y en caso de que alguien que no es el propietario del boleto intente cobrarlo, Loterías detectaría esta circunstancia y podría retener el pago del premio.

4.- Solicitar al juzgado una orden judicial de paralización del pago del premio:

En caso de que el premio sea superior a 5.000 euros, podemos solicitar al juzgado una orden judicial para que se paralice el pago del premio. Si el juzgado nos la concede podemos enviar copia de los documentos (denuncia y resolución judicial) a Loterías y Apuestas del Estado directamente o a través de cualquier administración de loterías.

En realidad este trámite no es necesario porque Loterías actuará de forma diligente y retendrá el pago en caso de que tenga constancia de su robo, sin embargo, con esta orden, nos aseguraremos de que realmente se retenga el pago del premio hasta que el juez resuelva quién es el verdadero propietario del boleto.

5.- Dejarnos asesorar por un bufete de abogados especializado:

Por último, en caso de duda sobre que hacer, es aconsejable dejarse asesorar por un bufete de abogados que esté especializado en este tipo de casos, para evitar, hacer algun movimiento o actuación que pusiera en riesgo nuestros derechos sobre el décimo o sobre el premio que nos hubiera correspondido.

En lo que respecta a la seguridad de cobrar o no el premio que nos corresponde legalmente, esta no es absoluta, ya que pueden darse multitud de circunstancias que impida el cobro una vez localizados los boletos y las personas que han cobrado o intentan cobrar el premio. En ocasiones quien roba un décimo también puede esquivar a la justicia y cobrar el premio si no disponemos de los medios de prueba adecuados antes indicados.

Es lo que sucedió en una sentencia de la Audiencia Nacional dictada en España, el 10 de noviembre de 2011, por la cual negó a un ciudadano la posibilidad de exigir que se identificara a las persona que cobró sus décimos robados o perdidos, al fallar que "no existe derecho que permita al supuesto propiterio de los décimos obtener información sobre la identidad de las personas que cobraron el premio porque ese derecho no se encuentra reconocido en el ordenamiento jurídico, sino, al contrario, la información sobre la persona que cobró el premio es una información considerada confidencial".

En ese caso el supuesto comprador de los décimos no pudo cobrarlos porque no pudo demostrar con pruebas que les pertenecía, y la justicia, consideraba que la información de la o las personas que cobrarón el premio es información considerada como confidencial por el ordenamiento jurídico español.

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